El Consejo de Estado negó la demanda presentada por el Área Metropolitana de Bucaramanga contra la resolución de la CDMB, mediante la cual se otorgó a la sociedad Canteras y Construcciones S.A. el permiso de ocupación de cauce para adelantar la construcción de un viaducto como parte de la obra “Corredor Logístico e Industrial del Norte”. La Sala concluyó que la CDMB sí tenía competencia para otorgar dicho permiso, ya que el proyecto se desarrolla en su jurisdicción. Además, determinó que el acto administrativo cuestionado cumplió con los requisitos legales y técnicos necesarios, y que el Área Metropolitana no demostró que la autorización concedida afectara el medioambiente o vulnerara normas urbanísticas o de planificación del territorio. Por tanto, no se configuró ninguna causal de nulidad que justificara la revocatoria del acto demandado.