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MinAmbiente aclaró dudas sobre la ambigüedad de la norma que regula límites máximos permisibles, en lo relativo a la identificación de fuentes móviles de carretera y fuera de ésta

Escrito por  Jul 04, 2025

El Ministerio de Ambiente reconoce que la Resolución 762 de 2022, que regula los límites máximos permisibles de emisión para fuentes móviles terrestres, presenta ambigüedades en la identificación y clasificación entre fuentes móviles de carretera y fuera de carretera. Aunque la norma establece bases generales, carece de definiciones técnicas y parámetros específicos claros, dificultando la correcta clasificación. Sin embargo, el Ministerio aclara que existen definiciones en el artículo 4 y en el anexo 1 de la resolución que distinguen “fuente móvil terrestre de carretera” (vehículos diseñados para transporte sobre vía) y “fuente móvil terrestre de uso fuera de carretera” (máquinas o vehículos no diseñados para transporte por carretera). Además, se establecen excepciones, como fuentes agrícolas o rangos específicos de potencia. El Ministerio destaca que las pruebas de emisiones y los certificados aplican a ambas categorías, cuyos criterios son comparados con normativas internacionales, garantizando parámetros técnicos adecuados para medir las emisiones y facilitar el cumplimiento normativo. A su vez, se han emitido circulares aclaratorias y se trabaja coordinadamente con otros ministerios para actualizar los requisitos y subpartidas arancelarias, reduciendo la ambigüedad y facilitando la implementación de la regulación. Así, pese a ciertas dificultades iniciales, existen suficientes elementos normativos y técnicos para que usuarios y autoridades determinen correctamente la clasificación y cumplan las disposiciones ambientales en cuanto a energéticos de bajas o cero emisiones.

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Modificado por última vez en Jueves, 03 Julio 2025 22:22