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Consideraciones de la ANM sobre la cesión de una autorización temporal en el contexto del cambio de contratista para obras de infraestructura

Escrito por  Jun 27, 2025

La ANM analizó la cesión de la Autorización Temporal en el contexto del cambio de contratista para obras de infraestructura conforme al inciso 5° del artículo 58 de la Ley 1682 de 2013. Esta disposición permite que, ante el cambio del contratista, la autoridad encargada de la obra informe a la ANM para dar por terminada la autorización o cederla al nuevo contratista previamente indicado por dicha autoridad. La transferencia de esta autorización está condicionada exclusivamente a situaciones de cambio del contratista certificadas por la autoridad responsable de la obra. Además, la Vicepresidencia de Contratación y Titulación de la ANM es la dependencia interna encargada de tramitar estas cesiones dentro de sus competencias.

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Modificado por última vez en Viernes, 27 Junio 2025 00:57