Esta Cartera Ministerial estableció criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de medicamentos para enfermedades huérfanas, no financiados con recursos de la UPC. Busca garantizar el derecho fundamental a la salud, asegurando disponibilidad, acceso oportuno y calidad en el tratamiento. Se basa en marcos legales como la Ley 100/1993, Ley 1438/2011 y Ley 1753/2015, y acuerdos con OPS para optimizar costos. La ADRES supervisará procesos de verificación y control, mientras la Superintendencia Nacional de Salud velará por el cumplimiento y sanciones.