El costo económico de referencia es el valor calculado a partir de la metodología tarifaria expedida por la CRA, definido en el artículo 2.3.4.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 y en la Resolución 943 de 2021. Este costo refleja los costos económicos involucrados en la prestación del servicio público domiciliario de acueducto y alcantarillado y se compone de un cargo fijo y un cargo por unidad de consumo. El cargo fijo cubre los costos de garantizar la disponibilidad permanente del servicio independientemente del consumo, mientras que el cargo por unidad de consumo refleja la estructura y nivel de costos económicos según la demanda. Este costo es único para todos los usuarios en un área de prestación de servicio y no incluye subsidios ni aportes, los cuales se aplican posteriormente según decisiones municipales. La metodología tarifaria es aplicable dependiendo del número de suscriptores y área atendida.