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Consejo de Estado negó a Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. la nulidad de circular de Colombia Compra que obliga a la publicación de información en el SECOP

Escrito por  Abr 10, 2025

El Consejo de Estado negó la nulidad de la circular emitida por Colombia Compra Eficiente, que establece la obligación de publicar la actividad contractual en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) para las entidades, incluyendo a Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. La Sala argumentó que la circular no vulnera el estatuto general de contratación pública ni desconoce el régimen de derecho privado de las empresas de servicios públicos. La demanda de Centrales Eléctricas sostenía que la circular amplía indefinidamente las obligaciones de publicación, incluso cuando no hay erogación presupuestal, lo que consideraron una invasión del ámbito legislativo.

No obstante, el Consejo de Estado reafirmó que cualquier intervención de recursos públicos en contratos implica que estos deben ser considerados contratos estatales, independientemente del régimen jurídico aplicable. Además, la Sala destacó que la circular busca cumplir con principios de transparencia y publicidad en la gestión de recursos públicos, alineándose así con la Ley 2195 de 2022, la cual exige que las entidades no sometidas al Estatuto General de Contratación Pública publiquen su actividad contractual en el SECOP. Por lo tanto, el Tribunal concluyó que la circular no contraviene las disposiciones legales y se mantiene dentro de los márgenes establecidos por la ley.No obstante, el Consejo de Estado reafirmó que cualquier intervención de recursos públicos en contratos implica que estos deben ser considerados contratos estatales, independientemente del régimen jurídico aplicable. Además, la Sala destacó que la circular busca cumplir con principios de transparencia y publicidad en la gestión de recursos públicos, alineándose así con la Ley 2195 de 2022, la cual exige que las entidades no sometidas al Estatuto General de Contratación Pública publiquen su actividad contractual en el SECOP. Por lo tanto, el Tribunal concluyó que la circular no contraviene las disposiciones legales y se mantiene dentro de los márgenes establecidos por la ley.

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Modificado por última vez en Jueves, 10 Abril 2025 06:53