En cuanto al trámite de los hallazgos, cuando se identifica un hecho que puede implicar una posible afectación patrimonial, es responsabilidad de los jefes de control interno informar a la Contraloría. Este reporte puede hacerse por cualquier medio idóneo y permite que la Contraloría proceda con las verificaciones pertinentes y el ejercicio del control fiscal, que incluye auditorías y posibles actuaciones especiales. Así, aunque las oficinas no pueden emitir hallazgos fiscales, juegan un papel crucial en la detección y comunicación de irregularidades que afectan el patrimonio público.