Al ser considerados actos definitivos, que modifican las obligaciones previamente establecidas en el PMA, los nuevos requerimientos imponen cargas adicionales a la empresa sin el respaldo de un análisis técnico suficiente. Esto vulnera los principios de debido proceso y proporcionalidad, obligando a la empresa a cumplir con exigencias que no fueron parte del acuerdo inicial. Ante esta situación, cualquier acto administrativo que imponga responsabilidades no contempladas originalmente puede ser impugnado judicialmente para asegurar que se respeten los derechos y las condiciones acordadas en los estudios ambientales, garantizando así la correcta administración de la justicia ambiental y la legalidad en la adopción de decisiones por parte de la ANLA.