de acuerdo con lo que cada una de estas entidades exija para ello.
De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, es necesario que las empresas prestadoras de energía y gas informen a la entidad y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para su inscripción en el Sistema Único de Información (SUI) y al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de ingresos del Ministerio de Minas y Energía,
de acuerdo con lo que cada una de estas entidades exija para ello.