Aclaró que si los anticipos realizados por la empresa AIR-E al administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC de XM S.A. E.S.P.) están destinados a garantizar el pago de obligaciones pre-toma, estos anticipos deben ser trasladados a una cuenta destinada a cubrir obligaciones contraídas después de la toma de posesión. Esto se debe a que el pago de obligaciones pre-toma está suspendido por la medida adoptada por la Superintendencia.
Enfatizó que la gestión del Agente Especial debe centrarse en preservar la prestación del servicio a los usuarios, dentro de las limitaciones laborales, financieras, operativas y comerciales, así como en la defensa de los activos de la entidad. Por lo tanto, el Agente Especial puede exigir al administrador del sistema la disponibilidad de los recursos pagados como anticipo para destinarlos al pago de obligaciones posteriores a la toma de posesión, asegurando así la continuidad y calidad del servicio.