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Tiempo estipulado por la SSPD para exigir el pago de una factura de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Ene 04, 2021

“La factura de servicios públicos es un título ejecutivo cuyas obligaciones en ella contenidas prescriben en el término de cinco (5) años a partir de la fecha de exigibilidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 2536 del Código Civil, modificado por el artículo 8 de la Ley 791 de 2002, en cuyo caso no será procedente exigir el pago de las obligaciones contenidas en estas” así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.

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Modificado por última vez en Martes, 29 Diciembre 2020 11:10