Si la reunión ordinaria de la asamblea de accionistas de una empresa de servicios públicos domiciliarios organizada como sociedad anónima no se ha celebrado por motivo de la pandemia, la primera reunión de asamblea que se celebre hasta el 30 de diciembre de 2020 tendrá carácter ordinario y ello deberá expresarse en la convocatoria, en la cual habrán de contemplarse los temas propios de ese tipo de reuniones.