Se aclara que el cobro es pertinente cuando las actividades realizadas por las autoridades ambientales involucran el uso de recursos humanos, técnicos y económicos para evaluar y controlar el impacto de proyectos o actividades. En contraste, la gestión interna de residuos, que se refiere a acciones como la minimización y almacenamiento dentro de las instalaciones, no entra dentro del ámbito de cobro, ya que esto se considera competencia del sector salud y no está sujeto a autorización ambiental. Así, el Plan de Gestión de Residuos mencionado no se considera un instrumento de manejo ambiental que requiera cobros por evaluación y seguimiento.