Las diferencias entre una asociación y una empresa comunitaria de usuarios de agua radican en su conformación y objetivos. Las asociaciones se forman por usuarios que requieren agua de un mismo sistema de reparto, mientras que las empresas comunitarias se constituyen por personas de escasos recursos y tienen como finalidad asegurar el uso equitativo del agua. Los miembros de una asociación pueden ser cualquier usuario del recurso hídrico, mientras que para las empresas comunitarias se requiere que sus integrantes tengan un patrimonio que no supere 250 veces el salario mínimo.
Ambas pueden formarse para usos distintos a domésticos, siempre que se cumplan las normativas pertinentes. Para su constitución, es necesario presentar documentación específica y seguir un procedimiento administrativamente establecido. Las empresas comunitarias deben obtener reconocimiento de personería jurídica del Ministerio de Agricultura, que también determina los requisitos y costos asociados.
Descargar Documento