El proyecto de resolución establece los requisitos, procedimientos y condiciones para la cancelación de oficio del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria. La DIAN puede cancelar el RUT de contribuyentes que no hayan realizado actualizaciones o solicitudes de actualización en al menos cinco años. La inactividad prolongada distorsiona las bases de datos y afecta la gestión de ingresos tributarios. La resolución se aplica a todos los inscritos en el RUT, exceptuando regímenes especiales. Se requieren criterios claros para identificar inactivos y optimizar controles fiscales. La normativa también contempla derogaciones y la publicación de la resolución conforme al Código de Procedimiento Administrativo. Por último, se subraya la importancia de mantener información veraz en el sistema tributario para mejorar el funcionamiento y la eficiencia de la DIAN.