de tales servicios, cuando la competencia no sea posible, todo ello con el propósito de que las operaciones de los monopolistas y de los competidores sean económicamente eficiente.
De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD todo aspecto relacionado con la protección de la competencia, es competencia exclusiva de la Superintendencia de Industria y Comercio. En ese sentido, corresponde a la CRA promover la competencia entre quienes presten los servicios de agua potable y saneamiento básico o regular los monopolios en la prestación
de tales servicios, cuando la competencia no sea posible, todo ello con el propósito de que las operaciones de los monopolistas y de los competidores sean económicamente eficiente.