La Ley 2437 de 2024 establece la legislación permanente sobre insolvencia empresarial, incorporando los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020, con excepciones en ciertos artículos. Se busca facilitar el acceso a mecanismos de reorganización y liquidación para deudores, permitiendo un trámite expedito por las autoridades competentes. El Juez del Concurso no auditará la exactitud de los documentos presentados, siendo responsabilidad del deudor y su contador. Se permite la descarga de pasivos que excedan la valoración de la empresa, siempre que se cumplan requisitos específicos, como la aprobación por una mayoría de acreedores externos. Además, se contempla la posibilidad de pactos de deuda sostenible y la aplicación subsidiaria de la Ley 1116 de 2006. En caso de fracaso en la negociación, el deudor no podrá intentar nuevos trámites por un año, aunque podrá solicitar un proceso de insolvencia. Se promueve el uso de herramientas tecnológicas para mejorar la gestión de estos procesos.