La Corte Constitucional, en la sentencia SU-499 de 2024, revocó la decisión de la Sección Cuarta del Consejo de Estado que ordenaba a la Universidad de Cartagena devolver a Ecopetrol los pagos realizados por concepto de estampilla. La Corte identificó tres defectos en la sentencia cuestionada: un defecto fáctico por la falta de valoración integral de pruebas, un defecto sustantivo por una interpretación restrictiva de decisiones judiciales previas que fundamentaron los pagos, y un defecto por violación directa de la Constitución al desconocer los efectos vinculantes de decisiones judiciales ejecutoriadas. La Corte destacó que la Universidad había vulnerado sus derechos al debido proceso y acceso a la justicia. Como resultado, se dejó sin efecto la sentencia del 11 de mayo de 2023 y se ordenó rehacer la segunda instancia del proceso, garantizando que las partes pudieran pronunciarse sobre todo el acervo probatorio antes de emitir una nueva decisión.