Según el concepto de la SSPD, cualquier persona que habite o utilice un inmueble de manera permanente y que sea capaz de contratar puede solicitar y obtener los servicios públicos necesarios, independientemente de la titularidad formal del inmueble. Esto incluye a poseedores, arrendatarios y otros usuarios permanentes, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por el prestador del servicio.