La CRA en el presente concepto indicó que el estudio debe cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente, incluyendo la Resolución CRA 943 de 2021, que regula la presentación de estudios de costos y tarifas. El prestador del servicio debe comunicar la aprobación de las tarifas a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico. Esto implica que debe obtener la aprobación de la entidad tarifaria local (como la Junta Directiva de la empresa o el alcalde del municipio) antes de radicar el estudio.
Una vez que se tenga la aprobación, radicar el estudio tarifario. Esto se puede hacer mediante correo electrónico a la dirección proporcionada (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) o directamente en la sede de la Comisión de Regulación, ubicada en Bogotá, D.C.
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