Colombia Compra indicó que se permite que las sociedades que no cuentan con la experiencia suficiente para contratar con el Estado puedan apoyarse en la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. Esto se hace con el fin de garantizar la competitividad y concurrencia en los procesos de contratación pública. Las entidades deben fijar requisitos habilitantes mínimos que los proponentes deben cumplir para verificar su aptitud para participar en el procedimiento de contratación.
La experiencia es uno de estos requisitos, y debe ser entendida como el conocimiento derivado de la participación previa en actividades similares al objeto del contrato. En el caso de proponentes plurales (consorcios o uniones temporales), la experiencia se evalúa de forma proporcional a la participación de los miembros en el respectivo consorcio o unión temporal, aunque la experiencia sigue siendo personal.
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