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¿Cómo deben las Entidades Estatales, bajo el régimen contractual excepcional, publicar información en el SECOP II, y cuáles son los plazos y tipos de documentos que deben hacer públicos según la normativa vigente?: Colombia Compra

Escrito por  Oct 07, 2024

Colombia Compra indica que las Entidades Estatales con un régimen contractual excepcional deben publicar en el SECOP II toda la información relacionada con sus contratos, sin excepciones. Esto incluye documentos desde la fase previa hasta la ejecución y finalización del contrato, cumpliendo con el deber de publicidad establecido en la Ley 2195 de 2022. La publicación debe realizarse dentro de un plazo de tres días tras la expedición del acto administrativo correspondiente, garantizando así la transparencia en la gestión pública.

Además, es fundamental que las entidades armonicen la publicación con las normas sobre datos sensibles y reservados, asegurando que la información divulgada no infrinja derechos de privacidad. La Circular Externa No. 002 de 2024 proporciona lineamientos específicos para estas entidades, enfatizando la importancia del principio de publicidad en el Estado Social y Democrático de Derecho, tal como lo establece la Constitución Política de 1991.

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Modificado por última vez en Domingo, 06 Octubre 2024 20:15