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¿Cuál es la obligación de los contratistas de presentar una garantía única para el cumplimiento de sus obligaciones, así como la normativa y reglamentación que rige este proceso?: Colombia Compra

Escrito por  Sep 30, 2024

En el presente concepto Colombia Compra expone la normatividad legal vigente sobre el particular enfatizando que es fundamental que los contratistas conozcan los requisitos y las clases de garantías permitidas para asegurar el éxito en la ejecución de sus contratos. Por lo tanto, según el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, los contratistas deben presentar una garantía única para el cumplimiento de sus obligaciones. Esta garantía debe ser aprobada por la entidad estatal antes de iniciar la ejecución del contrato, conforme al artículo 41 de la Ley 80 de 1993. Cualquier modificación al contrato, como la adición de obras o la prórroga del plazo, requiere una nueva garantía que debe ser presentada y aprobada por la entidad estatal. Esto se establece en el Decreto 1082 de 2015, que regula las condiciones y requisitos de las garantías.

En caso de prórroga o incremento del valor del contrato, el contratista debe ampliar la garantía existente. Esta ampliación debe ser presentada para aprobación antes de que se inicie la ejecución del contrato durante el nuevo periodo. Las modificaciones contractuales deben constar por escrito y seguir el mismo proceso que se utilizó para la constitución del contrato original, asegurando así su eficacia y validez. En resumen, el documento enfatiza la importancia de las garantías en la contratación pública, los requisitos para su presentación y aprobación, y las implicaciones de las modificaciones contractuales en este contexto.

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Modificado por última vez en Domingo, 29 Septiembre 2024 22:00