En el presente concepto la CRA aborda el proceso de selección para contratar organizaciones de recicladores que presten el servicio público de aseo, en el contexto de la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1077 de 2015. Estableciendo que, en ausencia de áreas de servicio exclusivo, opera la libre competencia en la prestación del servicio, permitiendo a los usuarios elegir libremente a su prestador.
Sin embargo, en situaciones de áreas de servicio exclusivo, la competencia puede ser limitada temporalmente por razones de interés social. Indica que la verificación de la documentación legal y administrativa es crucial antes de la suscripción de contratos, asegurando que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Descargar Documento