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Corte reconoció el desplazamiento forzado por causas ambientales y estableció que las personas que se ven obligadas a movilizarse debido a factores asociados al cambio climático y otros, requieren de protección especial por parte del Estado

Escrito por  Sep 20, 2024

La Sala, además, precisó que el desplazamiento por factores ambientales afecta de manera más intensa a los grupos sociales vulnerables, como comunidades indígenas, negras y campesinas, quienes tienen una relación especial con su entorno. Esto repercute en que el desplazamiento afecta un espectro más amplio de sus derechos. La Corte también subrayó que el desplazamiento por razones ambientales exige una intervención decidida del Estado para combatir sus efectos adversos y proteger a las víctimas.

El caso involucró a una pareja de campesinos, adultos mayores, que fueron desplazados de su hogar debido a inundaciones en su predio, ubicado cerca del río Bojabá. La pareja presentó una acción de tutela solicitando el reconocimiento de su condición de víctimas de desplazamiento forzado y, por ende, el acceso a las mismas garantías y atenciones humanitarias que se otorgan a las víctimas de desplazamiento forzado interno por conflicto armado.

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Modificado por última vez en Jueves, 19 Septiembre 2024 22:40