MinAmbiente en el presente concepto indicó entre otros que, lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 2294 de 2023, aplica exclusivamente para los prestadores del servicio público de alcantarillado en el territorio nacional. El parágrafo transitorio del artículo 25 de esta Ley, aplicará para los prestadores del servicio público de alcantarillado a partir del 01 enero de 2024; lo anterior significa que, todo lo dispuesto antes de esta fecha, continúa vigente y bajo la normatividad mencionada y explicada por esta Cartera Ministerial.