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¿Cualquier persona que tenga los instrumentos calibrados, puede realizar una medición de emisión de ruido y generar un informe técnico que soporte una denuncia por este hecho en un establecimiento tipo discoteca?: MinAmbiente

Escrito por  Sep 12, 2024

 El MinAmbiente indicó que de acuerdo a las normas y la jurisprudencia vigente, se puede concluir que la contaminación sonora que se genere como consecuencia de una actividad comercial, es un asunto que corresponde atender a las respectivas administraciones municipales o distritales, en el marco de sus competencias legales que implica realizar las mediciones de ruido necesarias para adelantar los procesos sancionatorios a que haya lugar, con el fin de mantener la tranquilidad, la salud y el derecho al ambiente sano de la población, en la respectiva jurisdicción.

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Modificado por última vez en Miércoles, 11 Septiembre 2024 22:26