En esa ocasión, la Sala Plena recordó los seis factores establecidos por la jurisprudencia constitucional para declarar la configuración de un estado de cosas inconstitucional en los centros de detención transitoria. La providencia analizó las circunstancias que pueden estar configurando obstáculos o vulneración de derechos a las personas en situación de migración irregular detenidas en los centros de detención transitoria.