La entidad indicó que no tiene competencia alguna relacionada con personas jurídicas de propiedad horizontal regidas por el derecho privado y, en ese sentido, no es la encargada de definir y garantizar la función ecológica de la propiedad privada, así como tampoco ejercer funciones de vigilancia y control (facultades sancionatorias), respecto de la función ecológica que emana de la propiedad horizontal.