MinAmbiente indicó que el titular de la licencia ambiental debe consultar a la respectiva Autoridad Ambiental competente, esto es, la que otorgó instrumento para el proyecto minero, si la comercialización o la donación del material a la comunidad podría emplearse como opción para la disposición final del material vegetal sobrante, o cuál sería la alternativa autorizada para la disposición del referido material. Lo anterior obedece a que, cualquier actividad que se pretenda adelantar en desarrollo de un proyecto licenciado, deberá ser analizada técnica y jurídicamente con la autoridad ambiental competente del proyecto, por ser la responsable del instrumento ambiental.