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Interpretación jurídica de la ANT sobre el derecho penal en los delitos contra los recursos naturales y del medio ambiente

Escrito por  Dic 14, 2020

De acuerdo con la Cotrina publicada por la ANT el principio de intervención mínima en el derecho penal, denominado también "principio de ultima ratio", tiene un doble significado: en primer lugar, implica que las sanciones penales se han de limitar al círculo de lo indispensable, en beneficio de otras sanciones o incluso de la tolerancia de los ilícitos más leves,

es decir, el derecho penal, una vez admitida su necesariedad, no ha de sancionar todas las conductas lesivas a los bienes jurídicos que previamente se han considerado dignos de protección, sino únicamente las modalidades de acción que se consideren más peligrosas para ellos. En segundo lugar, la intervención mínima en el derecho penal responde al convencimiento del legislador de que la pena es un mal irreversible y una solución imperfecta que debe utilizarse solamente cuando no haya más remedio, es decir, tras el fracaso de cualquier otro modo de protección. Por tanto, el recurso al derecho penal ha de ser la "última ratio" o lo que es lo mismo el último recurso a utilizar a falta de otros medios menos lesivos.

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