Con esta medida se estandariza la denominación de los dispositivos de trazabilidad de carga para mercancías sujeta a control aduanero que se colocan en las mercancías, en las unidades de carga o en los medios de transporte, para asegurar la integridad de la carga, de las unidades de carga y los medios de transporte, para la correcta aplicación de los controles previstos en las normas aduaneras. Para lograr las mayores eficiencias en las operaciones aduaneras que se realizarán en el lugar de arribo, es necesario que progresivamente la aduana implemente un esquema que permita la operación del comercio exterior permanente; es decir, aduana y usuarios de comercio exterior operando veinticuatro horas al día, siete días a la semana (24/7).