Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Consejo de Estado explicó por qué no se vulneró el derecho al debido proceso de la Universidad Nacional al sancionar al director de un contrato interadministrativo, suscrito entre éste y el Consejo Superior de la Judicatura

Escrito por  Abr 11, 2024

La Universidad Nacional instauró tutela con el fin de amparar su derecho al debido proceso y, en consecuencia, solicitó dejar sin efecto las providencias proferidas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por medio de las cuales se decidió sancionar al director de un proyecto- contrato interadministrativo suscrito entre ésta y el Consejo Superior de la Judicatura. La Sala recordó el análisis probatorio efectuado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para decidir sancionar al director del proyecto, dentro de los incidentes de desacato.

Contrario a lo señalado por el tutelante, “no se evidencia que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca haya incurrido en defecto fáctico ni en desconocimiento al precedente judicial, en su labor de la búsqueda de la verdad; distinto es, que de acuerdo con la lectura de la Sentencia C-037 de 1996 y el inciso 2º del artículo 25 de la Ley 1755 de 2015, concluyera que la información solicitada por los peticionarios, podía y debía suministrarse única y exclusivamente con relación a la documentación que radicará en cabeza de ellos, sin comprometer la información de los demás concursantes”.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Miércoles, 10 Abril 2024 19:28