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Respuesta de la SSPD sobre la vigencia de las medidas para garantizar la prestación de servicios públicos domiciliarios durante emergencia del CODI 19

Escrito por  Dic 10, 2020

La Sentencia C – 256 de fecha julio 23 de 2020, produce efectos a partir del día 24 de julio del mismo año, conforme a lo dispuesto por la misma Corte Constitucional en su jurisprudencia, en la que se ha afirmado que los efectos de una sentencia de inexequibilidad inician a partir del día siguiente a aquel en que la Corte Constitucional tome la respectiva decisión.

Si la decisión de asumir el pago de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo por parte de un ente territorial se tomó con precedencia al día 24 de julio de 2020, de acuerdo con lo indicado por la misma Corte Constitucional en el comunicado No. 31 del 22 y 23 de julio de 2020, se entiende cobijada por una presunción de constitucionalidad y como situación jurídicamente consolidada, no tendrá por qué verse afectada por la decisión de inexequibilidad del anotado Decreto.

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