una vez la información sea agregada al sistema de información correspondiente. No obstante, la obligación de articular el componente económico recae en el gestor catastral competente o en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). La información catastral corresponde a las características físicas y jurídicas y económicas de los bienes inmuebles la cual constituye la base catastral. Dicha información debe estar incluida en el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC) o en la herramienta tecnológica que haga sus veces, de acuerdo con los estándares y especificaciones técnicas definidas por la autoridad reguladora.