SuperSociedades indicó que para el desarrollo del proceso de Reorganización, el deudor deberá presentarle al Promotor un proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto, en el cual estén detalladas claramente todas las obligaciones y los acreedores de las mismas, debidamente clasificadas en el orden de prelación legal correspondiente, incluyendo del mismo modo los créditos de carácter contingente, condicional y litigiosos de cualquier naturaleza, y constituyendo la provisión contable para atender su pago en el orden de prelación legal.