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Dada la magnitud del daño al río Anchicayá, como consecuencia del vertimiento de sedimentos, Corte confirmó decisión del CE que condenó a MinAmbiente y a EPSA, dado que éstas sí tenían el deber de actuar para impedir la extensión de la emergencia

Escrito por  Feb 12, 2024

El comunicado de prensa que sintetiza la decisión, precisa que las “pruebas que demuestran que el Ministerio de Ambiente conoció el daño ambiental mientras se adelantaban las labores de vertimiento de sedimentos y no actuó dentro de sus competencias para reducir el daño. En ese sentido, el Consejo de Estado sí valoró elementos que demuestran el conocimiento del Ministerio de Ambiente y su omisión, tales como, la comunicación enviada el 8 de agosto de 2001 por parte de la CARVC a esa cartera, en la que le advirtió sobre el vertimiento de sedimentos al río Anchicayá, los efectos en el medio ambiente y las comunidades. Igualmente, la CAR advirtió que no podía intervenir porque era accionista de la EPSA”.

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Modificado por última vez en Domingo, 11 Febrero 2024 16:32