A través del presente Decreto se modificó el artículo 26 del Decreto Distrital 083 de 2023 estableciendo que cada proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones y/o el proveedor de infraestructura de soporte de telecomunicaciones para la regularización de una estación radioeléctrica instalada de forma irregular, tendrá como término máximo hasta el treinta y uno (31) de marzo de 2025 para presentar ante la Secretaría Distrital de Planeación la totalidad de la documentación y cumplir con las condiciones a las que se refiere el presente decreto.