El régimen de competencia desleal se encuentra establecido en la Ley 256 de 19961, dentro de la cual se definen los actos que configuran competencia desleal. Por otra parte, el artículo 6 de la Ley 1340 de 2009 estableció que “La SIC conocerá en forma privativa de las investigaciones administrativas, impondrá las multas y adoptará las demás decisiones administrativas por infracción a las disposiciones sobre protección de la competencia, así como en relación con la vigilancia administrativa del cumplimiento de las disposiciones sobre competencia desleal. De otra parte, la Ley 142 de 19942 establece en su artículo 9 los derechos de los suscriptores y/o usuarios, dentro de los cuales se establece en derecho a la libre elección del prestador, lo cual es explicado por la Entidad a través de este concepto.