Si se presenta el caso establecido en el literal e), es decir, se llega a la FPO y no se tiene un avance en ejecución de proyecto superior al 60%, a este proyecto deberá iniciársele el proceso de liberación de capacidad. Ahora, si se llega a la FPO y el proyecto tiene un avance en su ejecución superior al 60%, antes de proceder a la liberación debe atenderse lo dispuesto en los artículos 25 y 17 de la Resolución CREG 075 de 2021, que es explicada por la Entidad.