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Colombia Compra explicó las reglas, concepto y límites de la subsanabilidad de la oferta

Escrito por  Nov 14, 2023

La Ley 1882 de 2018 fijó una regla general y una excepción para la subsanabilidad de la oferta. La regla general es que el límite para que la entidad solicite y para que el proponente corrija lo que haga falta es hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección. La excepción es que el anterior límite no aplica para los procesos de mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta: en este último los documentos o requisitos subsanables deben solicitarse, como límite final, hasta el momento previo a su realización.

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Modificado por última vez en Lunes, 13 Noviembre 2023 18:51