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SSPD: a los inmuebles que acrediten estar desocupados, se les aplicará una tarifa del servicio público de aseo especial

Escrito por  Oct 09, 2023

A los inmuebles que acrediten estar desocupados, se les aplicará una tarifa del servicio público de aseo especial, en la cual se considerará que la cantidad de toneladas presentadas para la recolección es igual a cero. para acceder a dicha tarifa será necesario acreditar ante la persona prestadora del servicio la desocupación del inmueble. En particular, el solicitante deberá presentar a la persona prestadora al menos uno (1) de los documentos que se señalan en la norma citada por la Entidad. Una vez acreditada la desocupación del inmueble conforme a lo previsto anteriormente, la persona prestadora del servicio público de aseo deberá tomar todas las medidas necesarias para que el suscriptor cancele únicamente el valor correspondiente a la tarifa del inmueble desocupado. No obstante, la acreditación de la desocupación del inmueble tendrá solamente una vigencia de tres (3) meses, al cabo de los cuales deberá presentarse nuevamente la documentación respectiva ante la persona prestadora del servicio público de aseo.

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Modificado por última vez en Domingo, 08 Octubre 2023 20:29