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Sentencia que declara exequible el reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, entre otros, contenidos en la Ley Tributaria

Escrito por  Dic 02, 2020

La Corte Constitucional declara exequible, el artículo 307 (parcial) de la Ley 1819 de 2016, por la cual se adopta una reforma tributaria estructural; el parágrafo demandado hace alusión al reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables,

 los pagos en efectivo que efectúen los contribuyentes o responsables, independientemente del número de pagos que se realicen durante el año y en el que se fijan estos porcentajes.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:28