El acueducto veredal objeto de consulta deberá aplicar la metodología definida mediante la Resolución CRA 825 de 2017, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, si al 31 de diciembre de 2013, cumple con alguna de las siguientes condiciones: I) Atendía en su Área de Prestación de Servicio APS hasta 5.000 suscriptores en el área urbana, independientemente de los suscriptores que atiendan en el área rural; (II) Atendía en más de un municipio y/o distrito mediante un mismo sistema interconectado, hasta 5.000 suscriptores en el área urbana, independientemente de los suscriptores que atiendan en el área rural; (III) Atendía en un Área de Prestación de Servicio - APS exclusivamente en el área rural, independientemente del número de suscriptores.