compilada en la Resolución CRA 943 de 20216, a través de la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas. “Es preciso manifestar que ni esta resolución ni en ningún otro acto administrativo expedido por la Comisión, se imponen a los prestadores de la actividad de aprovechamiento obligaciones sobre la “caracterización de los rechazos”, toda vez que no es un asunto que sea de competencia de la entidad”.