Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Ningún acto expedido por la CRA impone a los prestadores de la actividad de aprovechamiento obligaciones sobre la “caracterización de los rechazos”

Escrito por  Sep 08, 2023

Los prestadores de la actividad de aprovechamiento, deben llevar el registro de las cantidades de residuos sólidos recibidos y rechazados en las ECA discriminando su origen: CRA. En cumplimiento de dicha función, la Comisión expidió la Resolución CRA 720 de 20155,

compilada en la Resolución CRA 943 de 20216, a través de la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas. “Es preciso manifestar que ni esta resolución ni en ningún otro acto administrativo expedido por la Comisión, se imponen a los prestadores de la actividad de aprovechamiento obligaciones sobre la “caracterización de los rechazos”, toda vez que no es un asunto que sea de competencia de la entidad”.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 07 Septiembre 2023 21:19