La Entidad precisó que el pago de la actividad de aprovechamiento se calcula de conformidad con lo indicado en el artículo 5.3.2.2.7.1. de la Resolución CRA 943 de 2021, con fundamento en el cual, la tarifa de aprovechamiento es el resultado de la suma de los costos
ponderados de recolección y transporte y el costo de disposición final del municipio donde se está llevando a cabo la actividad de aprovechamiento; a esto se le denomina Valor Base de remuneración de Aprovechamiento – ???, cuya fórmula se encuentra indicada en el presente concepto.
Descargar Documento