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“Se presume la capacidad legal del asociado para ejercer en forma personal los derechos derivados de su condición de socio”: SuperSociedades

Escrito por  Ago 23, 2023

“Con ocasión de la Ley 1996 de 2019, fue modificado el alcance del artículo 1503 del Código Civil, que establece la presunción de la capacidad legal de un sujeto, al disponer que “Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces”. Lo anterior, por cuanto el artículo 1504 del mismo ordenamiento civil, a raíz de la vigencia del artículo 57 de la Ley 1996 citada, en la actualidad únicamente concibe como sujetos absolutamente incapaces a los impúberes, excluyendo como causal de incapacidad absoluta y relativa la discapacidad mental absoluta o relativa prevista antaño en el texto modificado”.

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