ejecución y cumplimiento de los respectivos contratos. Dentro de las exigencias correspondientes a la etapa de estructuración de proyectos de infraestructura de transporte, el artículo 7 de la ley 1682 de 2013 señala que las entidades públicas y las personas responsables de la planeación de los proyectos de infraestructura de transporte deberán identificar y analizar integralmente durante la etapa de estructuración la existencia en el área de influencia de dichos proyectos, entre otros aspectos, las redes y activos de servicios públicos, activos e infraestructura de industria de petróleo, e infraestructura de tecnologías de información y las comunicaciones.