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Consejo de Estado no es competente para declarar control inmediato de legalidad sobre el cambio de horario laboral de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca

Escrito por  Nov 30, 2020

El Consejo de Estado declara falta de competencia para conocer del control inmediato de legalidad de la Resolución 236 de 18 de marzo de 2020, expedida por el director general de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca que trata la modificación de los horarios laborales de la entidad. La Sala encuentra

que la medida delimita su alcance espacial solo al correspondiente ámbito de competencia regional de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, en cuanto se contrae a modificar “EL HORARIO LABORAL” de sus empleados, lo que explica que no está encaminada a regular una situación de alcance nacional. 

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