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Consideraciones de MinTrabajo frente a las dimensiones que deben tenerse presentes en el derecho de asociación sindical

Escrito por  Jul 24, 2023

En ningún escenario, la empleadora puede omitir el cumplimiento de lo acordado y en caso de que se presente el incumplimiento, el funcionario individualmente considerado o a través del sindicato que lo agrupa, podrá interponer las acciones ante la Justicia, de las cuales se dio

cuenta con antelación, para el respeto de sus derechos laborales, convenidos en el acuerdo colectivo firmado por el sindicato u los sindicatos en caso de pluralidad de ellos y la empleadora. Cabe resaltar que el Ministerio del Trabajo, tiene competencia para realizar la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de normas laborales y de seguridad social, pero carece de competencia para declarar derechos individuales o dirimir controversias laborales, propia de los Jueces.

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Modificado por última vez en Sábado, 22 Julio 2023 21:32